Cerca de cuarenta lagares asturianos se acogerán este año a la denominación de origen protegida Sidra de Asturias. Para la elaboración de esta sidra, el Consejo Regulador ha establecido una serie de condiciones diferenciadoras respecto a la bebida sin denominación de origen protegida. La primera norma es que para la producción de la denominada Sidra de Asturias las plantaciones y lagares acogidos a la marca de protección estén inscritos en el registro de operadores del Consejo Regulador. Desde la fase de producción hasta la comercialización del producto, se establecerá un sistema de control exhaustivo tanto para cosecheros como para lagareros. Asimismo, el Consejo Regulador será el encargado de establecer la cantidad y calidad de las sidras acogidas a la denominación de origen. Se controlarán la zona de producción y las variedades de manzana empleadas. Para la elaboración de la Sidra de Asturias existen un total de 22 variedades permitidas, siendo todas ellas de origen asturiano. El precio de la manzana para la sidra con denominación es más alto. En los lagares, el proceso obligará a fijar un calendario o unas fechas determinadas para la elaboración de la sidra con denominación o la bebida común.